RATIFICA TRIBUNAL SANCIÓN AL PRD
El dictamen del Tribunal electoral local confirma que el PRD no comprobó la transferencia de 5.7 millones de pesos a sus comités delegacionales
El pleno del Tribunal
Electoral local
(TEDF) aprobó por unanimidad el dictamen por el que se ratifica la sanción económica
impuesta al Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la capital mexicana por un
monto de 381 mil pesos, en razón de no haber justificado en tiempo y forma prerrogativas
otorgadas en 1999.
En su ponencia, el Magistrado Juan Martínez Veloz declaró inválidos los argumentos expuestos por el PRD en su defensa, luego que el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) aplicara además de una amonestación pública, una sanción económica a este partido, el cual no solventó con documentación la comprobación de los gastos ordinarios del año antepasado.
El dictamen confirma que el PRD no
comprobó la transferencia de 5.7 millones de pesos a sus comités delegacionales, por lo cual se impone una sanción
de 356 mil pesos, que equivale a deducirle el 4 por ciento de su presupuesto mensual en
2001, que asciende a 4 millones 453 mil pesos.
Al no depurar cuentas por cobrar por
8 millones de pesos, se ratifica una amonestación pública. Es importante señalar que el
PRD redujo el monto involucrado en este rubro, pues anteriormente el importe por comprobar
ascendía a 14.5 millones de pesos.
La sanción se mantuvo en razón de que faltó solventar cuentas por un monto de 8 millones de pesos.
Además, existe una tercera
irregularidad en la comprobación de gastos ordinarios de 1999, consistente en la falta de
941 folios de recibos por reconocimiento de actividades políticas y la falta de registro
contable en el rubro de servicios personales, misma que no fue solventada. Por esta razón se impuso una
sanción económica por 668 días de salario mínimo, equivalente a 25 mil 345 pesos.
El 29 de septiembre del 2000, el
Consejo General del IEDF determinó sancionar al PRD por seis irregularidades registradas
en la revisión de sus recursos correspondientes al ejercicio de 1999, la multa ascendió
en aquel entonces a un millón 268 mil pesos.
Sin embargo, el PRD en días
subsecuentes presentó otras pruebas para comprobar sus gastos, luego de considerar que
los tiempos establecidos por la Comisión de Fiscalización del órgano electoral debían
ser computados en días hábiles y excluir sábados, domingos y días festivos.
Por esta razón, el IEDF consideró
solventadas algunas anomalías, pero confirmó tres que fueron determinantes para imponer
la sanción económica.
Por lo anterior, el PRD decidió
apelar ante el TEDF, instancia jurisdiccional que luego de la revisión del caso ratificó
las sanciones referidas y remitió la resolución al Consejo General del IEDF para dar
cumplimiento a su aplicación.