RATIFICA TRIBUNAL SANCIÓN AL PRD

 

El dictamen del Tribunal electoral local confirma que el PRD no comprobó la transferencia de 5.7 millones de pesos a sus comités delegacionales


El pleno del Tribunal Electoral local (TEDF) aprobó por unanimidad el dictamen por el que se ratifica la sanción económica impuesta al Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la capital mexicana por un monto de 381 mil pesos, en razón de no haber justificado en tiempo y forma prerrogativas otorgadas en 1999.

 

En su ponencia, el Magistrado Juan Martínez Veloz declaró inválidos los argumentos expuestos por el PRD en su defensa, luego que el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) aplicara además de una amonestación pública, una sanción económica a este partido, el cual no solventó con documentación la comprobación de los gastos ordinarios del año antepasado.

 

El dictamen confirma que el PRD no comprobó la transferencia de 5.7 millones de pesos a sus comités delegacionales, por lo cual se impone una sanción de 356 mil pesos, que equivale a deducirle el 4 por ciento de su presupuesto mensual en 2001, que asciende a 4 millones 453 mil pesos.

 

Al no depurar cuentas por cobrar por 8 millones de pesos, se ratifica una amonestación pública. Es importante señalar que el PRD redujo el monto involucrado en este rubro, pues anteriormente el importe por comprobar ascendía a 14.5 millones de pesos.

 

La sanción se mantuvo en razón de que faltó solventar cuentas por un monto de 8 millones de pesos.

 

Además, existe una tercera irregularidad en la comprobación de gastos ordinarios de 1999, consistente en la falta de 941 folios de recibos por reconocimiento de actividades políticas y la falta de registro contable en el rubro de servicios personales, misma que no fue solventada. Por esta razón se impuso una sanción económica por 668 días de salario mínimo, equivalente a 25 mil 345 pesos.

 

El 29 de septiembre del 2000, el Consejo General del IEDF determinó sancionar al PRD por seis irregularidades registradas en la revisión de sus recursos correspondientes al ejercicio de 1999, la multa ascendió en aquel entonces a un millón 268 mil pesos.

 

Sin embargo, el PRD en días subsecuentes presentó otras pruebas para comprobar sus gastos, luego de considerar que los tiempos establecidos por la Comisión de Fiscalización del órgano electoral debían ser computados en días hábiles y excluir sábados, domingos y días festivos.

 

Por esta razón, el IEDF consideró solventadas algunas anomalías, pero confirmó tres que fueron determinantes para imponer la sanción económica.

 

Por lo anterior, el PRD decidió apelar ante el TEDF, instancia jurisdiccional que luego de la revisión del caso ratificó las sanciones referidas y remitió la resolución al Consejo General del IEDF para dar cumplimiento a su aplicación.